Una
de las consultas más habituales que suelen hacernos nuestros clientes al
respecto de sus contratos de arrendamiento tiene que ver con la resolución del
contrato. Suele ser frecuente que arrendador y arrendatario resuelvan su contrato sin firmar ningún documento que deje constancia de la resolución del
mismo, de la entrega de las llaves, de los posibles desperfectos o de
cualquier otra cuestión que hubiera surgido con ocasión al arrendamiento.
Del
mismo modo que cuando entregamos las llaves a nuestro inquilino firmamos un
contrato de arrendamiento en el que incluimos las cláusulas que hemos
negociado, cuando éste se resuelve es aconsejable igualmente plasmarlo por
escrito para evitar problemas a las dos partes. Para ambos, porque el
documento, firmado por las dos partes, detalla que se resuelve el contrato de
arrendamiento y que se devuelven las llaves en una fecha determinada, de modo
que hasta esa fecha el inquilino tenía obligación de pago (y no más) y desde
esa fecha el arrendador puede hacer uso del inmueble (y no antes). Es
aconsejable que en el mismo documento se incluya el estado de la vivienda al
tiempo de ser devuelta, tanto si hay desperfectos como si se devuelve en perfecto estado. De éste modo las dos partes tienen la garantía tanto de que el
contrato se ha resuelto como el estado en el que se devuelve la vivienda.
Sin
embargo, en algunas ocasiones no resulta nada fácil la firma de la resolución
del contrato, lo cual puede tener consecuencias graves para ambas partes. Como decíamos
más arriba, la entrega de llaves en un determinado momento extingue la
obligación del arrendatario de seguir abonando las rentas con ocasión al
alquiler, de forma que si no se tiene la certeza de que se han entregado las
llaves y se ha abandonado la vivienda, el arrendador puede reclamar las rentas
devengadas durante esos meses, aunque el arrendatario ya no esté haciendo uso
del inmueble.
Nos
referimos aquí a la frecuente preocupación que nos transmiten nuestros clientes
cuando su inquilino ha dejado de pagar la renta y se ha marchado del piso sin
avisar. En realidad el propietario no podrá acreditar nada salvo la falta de
pago, de modo que no debería acceder a la vivienda ya que ni puede acreditar
tener permiso para acceder a ella ni puede acreditar la resolución del
contrato, por lo que no le quedaría otra alternativa que acudir a la vía
judicial y plantear una demanda de desahucio por falta de pago, aunque tenga la
certeza de que su inmueble no está ocupado.
No
obstante lo anterior, cuando la comunicación entre arrendador y arrendatario no
es fluida, por el motivo que fuere, y el arrendatario quiere resolver el
contrato y abandonar el inmueble, es aconsejable no solo que quede constancia de
que tal comunicación se ha realizado, sino también que el arrendador la ha
recibido. Para ello la opción más recomendables es el envío de un burofax, si
bien también puede ser válida la comunicación realizada de cualquier otro modo
que permita tener constancia de su recepción, como la remisión de un correo
electrónico con acuse de recibo, aunque en ocasiones también han sido admitidos
como medios de prueba conversaciones por WhatsApp o SMS en los que el
arrendatario comunica su intención de abandonar la vivienda y ha recibido algún
tipo de respuesta por parte de la propiedad.
Con
todo, nuestra recomendación sigue siendo la firma de algún tipo de documento
que no deje lugar a dudas de la resolución del contrato y la entrega de llaves. A continuación os
proponemos un sencillo modelo de documento de resolución de contrato que podéis adaptar
a vuestras necesidades;
_____________________________________________________________
RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
En (CIUDAD), a (DIA)
de (MES) de (AÑO)
- REUNIDOS -
De
una parte, D. / Dña XXXXXXXXXXXXX, en
su propio nombre y derecho y en calidad de ARRENDADOR.
Y
de otra, D. / Doña XXXXXXXXXXXX, en su propio nombre y derecho y en calidad de
ARRENDATARIO.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal
para obligarse y llevar a cabo la presente Resolución de contrato de
arrendamiento, siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones y a
tal efecto;
- EXPONEN -
En
relación con el contrato de arrendamiento de (LOCAL/VIVIENDA) suscrito entre
las partes con fecha (DIA/MES/AÑO) sobre la finca sita en (CIUDAD), calle (DIRECCIÓN).
I.- Que ambas partes dan por resuelto el
contrato citado de mutuo acuerdo.
II.- Que en este mismo
acto la parte arrendataria hace entrega de las llaves del inmueble a la parte
arrendadora.
III.- Que la parte
arrendataria no tiene nada que reclamar a la parte arrendadora.
IV.-Que, como
consecuencia de la relación arrendaticia mantenida entre ambas, no existe deuda
alguna derivada del pago de rentas.
Y de conformidad, ambas partes consienten en el otorgamiento del
presente documento con sujeción a las siguientes
- ESTIPULACIONES -
PRIMERA.- Que ambas partes resuelven
con ésta fecha el contrato de arrendamiento que les unía sobre la vivienda sita
en (CIUDAD), calle (DIRECCIÓN).
SEGUNDA.- Que Dña./Don XXXXXXXXXX entrega en éste
acto TODOS los juegos de llaves de la vivienda/local, manifestando expresamente
no conservar en su posesión ninguno distinto a los aquí entregados. Igualmente,
la arrendataria manifiesta dejar la vivienda libre de enseres personales y
pertenencias.
TERCERA.- Que a salvo de una verificación ulterior
que lo confirme, la finca se devuelve en buen estado de conservación y uso,
salvo el normal deterioro del paso del tiempo.
CUARTA.- Que la
fianza entregada a la firma del contrato será devuelta a la arrendataria en el
plazo de 30 días, salvo que hubiera lugar a su retención por apreciarse
desperfectos imputables a la misma, los cuales deberán ser acreditados
expresamente.
QUINTA.- Para
el caso de discrepancias relativas a la interpretación o aplicación del
presente documento, ambas partes se someten a los juzgados y tribunales de (CIUDAD
DONDE RADIQUE LA FINCA), renunciando a cualquier otro fuero que pudiera
corresponderles.
Y
en prueba de su conformidad, las partes firman el presente contrato por
duplicado, en el lugar y fecha ut supra indicados.
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