La resolución del contrato de arrendamiento


Una de las consultas más habituales que suelen hacernos nuestros clientes al respecto de sus contratos de arrendamiento tiene que ver con la resolución del contrato. Suele ser frecuente que arrendador y arrendatario resuelvan su contrato sin firmar ningún documento que deje constancia de la resolución del mismo, de la entrega de las llaves, de los posibles desperfectos o de cualquier otra cuestión que hubiera surgido con ocasión al arrendamiento.

Del mismo modo que cuando entregamos las llaves a nuestro inquilino firmamos un contrato de arrendamiento en el que incluimos las cláusulas que hemos negociado, cuando éste se resuelve es aconsejable igualmente plasmarlo por escrito para evitar problemas a las dos partes. Para ambos, porque el documento, firmado por las dos partes, detalla que se resuelve el contrato de arrendamiento y que se devuelven las llaves en una fecha determinada, de modo que hasta esa fecha el inquilino tenía obligación de pago (y no más) y desde esa fecha el arrendador puede hacer uso del inmueble (y no antes). Es aconsejable que en el mismo documento se incluya el estado de la vivienda al tiempo de ser devuelta, tanto si hay desperfectos como si se devuelve en perfecto estado. De éste modo las dos partes tienen la garantía tanto de que el contrato se ha resuelto como el estado en el que se devuelve la vivienda.

Sin embargo, en algunas ocasiones no resulta nada fácil la firma de la resolución del contrato, lo cual puede tener consecuencias graves para ambas partes. Como decíamos más arriba, la entrega de llaves en un determinado momento extingue la obligación del arrendatario de seguir abonando las rentas con ocasión al alquiler, de forma que si no se tiene la certeza de que se han entregado las llaves y se ha abandonado la vivienda, el arrendador puede reclamar las rentas devengadas durante esos meses, aunque el arrendatario ya no esté haciendo uso del inmueble.

Nos referimos aquí a la frecuente preocupación que nos transmiten nuestros clientes cuando su inquilino ha dejado de pagar la renta y se ha marchado del piso sin avisar. En realidad el propietario no podrá acreditar nada salvo la falta de pago, de modo que no debería acceder a la vivienda ya que ni puede acreditar tener permiso para acceder a ella ni puede acreditar la resolución del contrato, por lo que no le quedaría otra alternativa que acudir a la vía judicial y plantear una demanda de desahucio por falta de pago, aunque tenga la certeza de que su inmueble no está ocupado.

No obstante lo anterior, cuando la comunicación entre arrendador y arrendatario no es fluida, por el motivo que fuere, y el arrendatario quiere resolver el contrato y abandonar el inmueble, es aconsejable no solo que quede constancia de que tal comunicación se ha realizado, sino también que el arrendador la ha recibido. Para ello la opción más recomendables es el envío de un burofax, si bien también puede ser válida la comunicación realizada de cualquier otro modo que permita tener constancia de su recepción, como la remisión de un correo electrónico con acuse de recibo, aunque en ocasiones también han sido admitidos como medios de prueba conversaciones por WhatsApp o SMS en los que el arrendatario comunica su intención de abandonar la vivienda y ha recibido algún tipo de respuesta por parte de la propiedad.

Con todo, nuestra recomendación sigue siendo la firma de algún tipo de documento que no deje lugar a dudas de la resolución del contrato y la entrega de llaves. A continuación os proponemos un sencillo modelo de documento de resolución de contrato que podéis adaptar a vuestras necesidades;


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RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

En (CIUDAD), a (DIA) de (MES) de (AÑO)

- REUNIDOS -

De una parte, D. / Dña XXXXXXXXXXXXX, en su propio nombre y derecho y en calidad de ARRENDADOR.

Y de otra, D. / Doña XXXXXXXXXXXX, en su propio nombre y derecho y en calidad de ARRENDATARIO.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse y llevar a cabo la presente Resolución de contrato de arrendamiento, siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones y a tal efecto;


- EXPONEN -

En relación con el contrato de arrendamiento de (LOCAL/VIVIENDA) suscrito entre las partes con fecha (DIA/MES/AÑO) sobre la finca sita en (CIUDAD), calle (DIRECCIÓN).
  
I.-  Que ambas partes dan por resuelto el contrato citado de mutuo acuerdo.
II.- Que en este mismo acto la parte arrendataria hace entrega de las llaves del inmueble a la parte arrendadora.
III.- Que la parte arrendataria no tiene nada que reclamar a la parte arrendadora.
IV.-Que, como consecuencia de la relación arrendaticia mantenida entre ambas, no existe deuda alguna derivada del pago de rentas.

Y de conformidad, ambas partes consienten en el otorgamiento del presente documento con sujeción a las siguientes

- ESTIPULACIONES -

PRIMERA.-      Que ambas partes resuelven con ésta fecha el contrato de arrendamiento que les unía sobre la vivienda sita en (CIUDAD), calle (DIRECCIÓN).

SEGUNDA.-     Que Dña./Don XXXXXXXXXX entrega en éste acto TODOS los juegos de llaves de la vivienda/local, manifestando expresamente no conservar en su posesión ninguno distinto a los aquí entregados. Igualmente, la arrendataria manifiesta dejar la vivienda libre de enseres personales y pertenencias.

TERCERA.-       Que a salvo de una verificación ulterior que lo confirme, la finca se devuelve en buen estado de conservación y uso, salvo el normal deterioro del paso del tiempo.

CUARTA.-        Que la fianza entregada a la firma del contrato será devuelta a la arrendataria en el plazo de 30 días, salvo que hubiera lugar a su retención por apreciarse desperfectos imputables a la misma, los cuales deberán ser acreditados expresamente.

QUINTA.-        Para el caso de discrepancias relativas a la interpretación o aplicación del presente documento, ambas partes se someten a los juzgados y tribunales de (CIUDAD DONDE RADIQUE LA FINCA), renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.


Y en prueba de su conformidad, las partes firman el presente contrato por duplicado, en el lugar y fecha ut supra indicados.


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